El Grupo Municipal Ciudadanos Orihuela lleva al pleno del jueves, 3 de septiembre, una moción para la modificación temporal de las licencias de apertura de los locales con licencia de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

 

A LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA

José Fco. Aix Egío, concejal portavoz del Grupo Municipal CIUDADANOS, de este Ayuntamiento, EXPONGO:

Que al amparo de lo previsto en el art. 81 del Reglamento Orgánico del Pleno y sus Comisiones, presento, para su debate y votación en la próxima sesión ordinaria que celebre el Pleno de esta Corporación, la siguiente

 

MOCIÓN

ANTECEDENTES

Después de que la Organización Mundial de la Salud elevara el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria provocada por este virus.

Entre otras medidas recogidas en este decreto – como la limitación de libertad de circulación de las personas o medidas de contención en el ámbito educativo, por citar algunos ejemplos- este establecía, en su artículo 10, medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales. En concreto, el punto 4 de este artículo imponía la suspensión de las actividades de hostelería y restauración, convirtiéndose este sector, a partir de este momento, en uno de los más castigados por las consecuencias económicas provocadas por la nueva situación.

El 1 de mayo, con el inicio de la desescalada, hasta llegar a la “nueva normalidad”, instaurada el 21 de junio, se fue avanzando paulatinamente en la apertura de estos locales, pero con unas nuevas condiciones necesariamente restrictivas que dificultan sobremanera la generación de ingresos, con la consiguiente pérdida de puestos de trabajo.

Por esta razón, desde el ámbito local son diversas las medidas adoptadas para contrarrestar el grave impacto que la crisis del coronavirus ha supuesto en bares, restaurantes, cafeterías, heladerías, confiterías, pubs:

–       Ampliación de la superficie de terrazas.
–       Supensión de la tasa de ocupación de vía pública con mesas y sillas hasta el 31 de diciembre.
–     Ampliación de horarios de locales del grupo J (bares, restaurantes y cafeterías).
–     Convocatoria de ayudas a autónomos, pymes y micropymes.

Por otra parte, de manera paralela a estas medidas, Policía Local ha intensificado durante todo este tiempo el control y seguimiento del cumplimiento de las normas de la Covid-19 en los locales públicos para garantizar la seguridad de los vecinos de nuestra ciudad.

A pesar de todas las precauciones impuestas para afrontar la actividad diaria en los diversos ámbitos, la aparición de nuevos brotes de contagios en las últimas semanas han provocado la adopción de nuevas decisiones para frenar la nueva oleada de positivos acordadas en Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y recogidas en la Resolución del 17 de agosto. Entre otras, se ha decretado el cierre del ocio nocturno, pues, según se apunta de las instituciones sanitarias es este uno de los contextos donde se asumen mayores riesgos.

Conscientes de que junto al manifiesto problema sanitario asistimos a una incipiente grave crisis económica, laboral y social, y tras analizar la normativa vigente sobre entendemos que desde las distintas Administraciones se deben ofrecer soluciones alternativas. Así,  el DECRETO 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, en su TÍTULO X, donde se establecen las condiciones técnicas relativas al aforo, alturas, salidas y vías de evacuación, puertas y salida al exterior, puertas en pasos interiores, pasillos, escaleras, rampas, protección y prevención contra incendios, dotaciones higiénicas, sanitarias y de confort, accesibilidad y ventilación, de actividades catalogadas por la Ley de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, podemos observar que todas las exigencias técnicas serán más restrictivas para discotecas y pubs que para una actividad de bar cafetería. En cuanto a normativa acústica, atendiendo a la Ordenanza de Protección Contra la Contaminación Acústica por ruidos y vibraciones en el municipio de Orihuela y a otras referencias legales, comprobamos de nuevo que las exigencias técnicas serán más restrictivas para discotecas y pubs que para una actividad de bar cafetería.

Con los argumentos anteriormente expuestos podemos afirmar que un pub o una discoteca podría trabajar con las condiciones Técnicas  que se establecen para un bar/cafetería al ser siempre menos restrictivas, siempre y cuando:

– Se calcule su aforo con los criterios de densidad establecidos para bar o cafetería  en el Código Técnico de Edificación (CTE).

– No podrán disponer de servicio de ningún tipo de comida, al no estar justificadas las condiciones técnicas relativas a una cocina en su licencia, al no estar permitida según legislación para este tipo de actividades.

– No disponga de ningún tipo de ambientación musical fuera del horario autorizado para dichas actividades.

Al margen de ser una medida de carácter económico, entendemos que tener más locales abiertos con las limitaciones horarias fijadas ayuda, igualmente, a evitar las peligrosas aglomeraciones en un menor número de locales dada la mayor oferta de locales abiertos al público.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Ciudadanos propone la adopción de los siguientes:

ACUERDOS

  1. Instar a la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública a promover las modificaciones legales de urgencia que procedan a fin de que los locales con licencia de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo puedan ser temporalmente modificadas y convertidas a a la licencia de cafetería o análoga durante el tiempo en que permanezca en vigor la Resolución del 17 de agosto de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, para la adopción de las medidas establecidas en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19, o norma que la sustituya en su caso con el mismo fin.

 

  1. Instar a la Generalitat Valenciana y, en su caso, a las Cortes Valencianas, en el mismo sentido anterior dentro del marco de sus correspondientes competencias legislativas.

 

  1. Comunicar los anteriores acuerdos a las instituciones instadas al efecto.

 

Orihuela, a 25 de agosto de 2020. José Fco. Aix Egío.