A LA ALCALDIA-PRESIDENCIA

Juan Ignacio López-Bas Valero, Portavoz el Grupo Municipal CIUDADANOS, de este Ayuntamiento, EXPONGO:

Que al amparo de lo previsto en el art. 81 del Reglamento Orgánico del Pleno y sus Comisiones, presento, para su debate y votación en la próxima sesión ordinaria que celebre el Pleno de esta Corporación, la siguiente

 MOCIÓN

ANTECEDENTES

El 8 de junio de 2005 se inauguraba el nuevo Palacio de Justicia de Orihuela, el edificio destinado a albergar los juzgados y otras dependencias relacionadas con la Administración de Justicia en nuestra ciudad que dejaban así el viejo y obsoleto edificio que ocupaban hasta ese momento junto al Ayuntamiento.

La construcción de dicho edificio era consecuencia de un protocolo aprobado por el Ayuntamiento de Orihuela en sesión plenaria de 25 de junio de 2002, tres años antes, por el que el Ayuntamiento se comprometía a construir a sus expensas el nuevo edificio de la Plaza Santa Lucía en suelo de propiedad municipal, cediendo el inmueble a la Generalitat Valenciana, a cambio de que ésta cediera al Ayuntamiento oriolano el inmueble de los antiguos Juzgados de la ciudad en Calle Santa Justa. En dicho convenio se preveía ya la necesidad de conveniar de nuevo, a la terminación de las obras del nuevo Palacio de Justicia, las condiciones de las cesiones mutuas patrimoniales entre la Administración Local y la Autonómica, a la vista de las diferencias de valor entre los edificios a entregarse recíprocamente.

Resulta más que evidente el mayor valor económico del inmueble del nuevo Palacio de Justicia de Plaza Santa Lucía, actualmente y desde junio de 2005 en posesión de la Generalitat Valenciana, superior a los 5,6 millones de euros por referencia al valor del suelo y de la construcción en aquel momento, respecto del que tenga el edificio de los antiguos Juzgados en Calle Santa Justa, que ha sido señalado de forma dispar en varios informes técnicos, tanto municipales como de la Conselleria de Hacienda valenciana, entre los 2,1 y los 3,2 millones de euros.

En cualquier caso, incluso la propia Abogacía de la Generalitat Valenciana ha informado en fecha 8 de junio de 2012 que el documento aprobado en su día por el Pleno del Ayuntamiento, en 2002, sería nulo de pleno derecho por prescindir total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido para un acto jurídico administrativo de tal naturaleza patrimonial como el que en el mismo se menciona para el intercambio de inmuebles entre el Ayuntamiento y la Generalitat Valenciana. Pero pese a esa calificación jurídica, lo cierto es que permanece y se mantiene la situación fáctica de posesión por la Generalitat de ambos inmuebles y de ninguno de ellos por el Ayuntamiento.

En varias ocasiones este Pleno municipal se ha pronunciado en reclamación del cumplimiento de lo que parece obvio, que no es sino que Orihuela reciba el inmueble que debe recibir al haber ya construido y entregado el que hoy obra en posesión de la Generalitat Valenciana, y que con ello se formalice jurídicamente al tiempo como proceda ese intercambio patrimonial entre Administraciones, que debe en todo caso incluir la liquidación definitiva y el abono de la compensación económica a percibir por el Ayuntamiento de Orihuela a causa del patente y acreditado mayor valor del nuevo inmueble entregado respecto del antiguo que ha de recibir.

Pese a las gestiones que en ese sentido hayan podido realizar los gobiernos locales oriolanos desde 2005 hasta el día de hoy, incluidas conversaciones, reuniones, reclamaciones, exigencias y hasta demandas judiciales, lo único cierto es que hasta este momento no ha habido un resultado real y positivo para la ciudad de Orihuela y sus legítimos y justos intereses desde entonces.

Ni los casi seis años (2005-2011) de coincidencia de color político entre gobiernos local y autonómico han servido para dar una solución a este asunto, ni tampoco los más de cuatro años (2011-2015) de gobiernos de diferente signo político en Orihuela y Valencia han conseguido un final de esta historia, pese a que esta segunda etapa se haya desarrollado en ocasiones entre anuncios de acuerdos cerrados y soluciones inminentes, que no han llegado a materializarse, y pleitos judiciales de supuestos y veloces desahucios sobre los que no se ha tenido más noticia desde su inicio.

En cualquier caso, es obvio que la mayor y más grave responsabilidad en esta cuestión y en este momento corresponde a una Administración Autonómica valenciana que posee un inmueble construido y entregado por el Ayuntamiento de Orihuela más de diez años sin haber hecho nada hasta hoy por cumplir con lo que debe en justa correspondencia.

La entrega del inmueble de los antiguos Juzgados de Calle Santa Justa al consistorio oriolano, aun de la misma manera irregular en que éste hubiera podido haber entregado el nuevo Palacio de Justicia a la Generalitat, y aun sin haberse incluso determinado y liquidado el importe de la liquidación económica a favor de Orihuela por la diferencia de valores entre inmuebles, habría permitido su utilización para ubicar en el mismo servicios públicos municipales que hoy deben ocupar locales alquilados, con el consiguiente gasto que ello supone, y que así podría haberse evitado, simplemente con una decisión política justa y coherente por parte de la Administración valenciana.

Si es evidente que Orihuela no va a recuperar, ni lo pretende realmente, el Palacio de Justicia de Plaza Santa Lucía, es igualmente evidente que se debe avanzar en este conflicto entre Administraciones por la única vía lógica y sobre la que debe articularse un protocolo jurídico: la inmediata entrega del edificio de los antiguos Juzgados al Ayuntamiento oriolano y la determinación de la diferencia de valores económicos que le debe ser abonada en compensación a esta ciudad. Y ésta es una exigencia que Orihuela mantiene con esta moción propuesta desde este grupo municipal, del mismo modo que se mantuvo ya frente a los anteriores gobiernos valencianos y que con la misma firmeza debemos plantear ahora ante el actual gobierno autonómico integrado por PSPV-PSOE y Compromís.

Por todo ello, propongo en el marco de esta moción la adopción de los siguientes

ACUERDOS

  • Reclamar a la Generalitat Valenciana la inmediata entrega y puesta a disposición del Ayuntamiento de Orihuela del edificio de los antiguos Juzgados sito en esta ciudad, en Calle Santa Justa, sin perjuicio de iniciar igualmente y de manera inaplazable los procedimientos administrativos que concluyan con la formalización jurídica del intercambio entre ambas Administraciones de los derechos de propiedad y posesión sobre los inmuebles referidos: el Palacio de Justicia sito en Plaza Santa Lucía y el ya mencionado de los antiguos Juzgados.
  • Instar a los gobiernos de ambas Administraciones Públicas implicadas a la constitución de una comisión técnica bilateral que proceda a la determinación de la liquidación económica a compensar a favor del Ayuntamiento de Orihuela por la diferencia de valores entre ambos inmuebles.
  • Comunicar los anteriores acuerdos y el contenido de esta moción a la Generalitat Valenciana a través de su Presidencia.

 

 Orihuela, 3 de Septiembre de 2015.

Juan Ignacio López-Bas Valero.